MÉDICOS DE ATENCIÓN PRIMARIA PRESCRIBIENDO EJERCICIO FÍSICO: ¡SÁLVESE QUIEN PUEDA!

EJERCICIO_con pie de foto

El último disparate político, con la salud en juego, ha saltado al prime time televisivo de los noticiarios: los médicos de atención primaria (AP) de la Comunidad de Madrid podrán prescribir ejercicio físico. Concretamente, lo que podemos leer en el Anteproyecto de Ley de Salud Pública de la Comunidad de Madrid es: «Se incluirán y generalizarán como prestaciones preventivas para su administración preferente en el ámbito de la atención primaria, la prescripción del ejercicio físico y de las dietas adaptadas a las condiciones fisiológicas y patológicas de los pacientes» (artículo 33).

Los responsables del artículo 33, acaban de eliminar de un plumazo el principio de especificidad formativa que le confiere cada grado universitario a su profesión correspondiente. Curiosa además, es la coincidencia numérica del artículo, que se corresponde con la expresión popular «por el artículo 33», es decir, «porque lo digo yo». Considero que no hay mala intención en esta nueva prestación atribuida a los médicos de AP, sino un interés por mejorar la salud pública, pero que conlleva una gran ignorancia sobre las competencias profesionales.

Recientemente se acaban de publicar las competencias del Grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte en el BOE (2018). Este es un hecho de vital importancia, que pretende, a través del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, evitar el peligroso intrusismo que podría dar lugar a que personas sin una formación adecuada tengan que tomar decisiones sobre la salud de las personas en relación a la actividad física y el deporte. Las áreas de competencia aprobadas para CAFYD hablan por sí solas, respecto a la responsabilidad que adquieren los graduados en esta titulación:

  1. Intervención educativa.
  2. Prevención, adaptación y mejora del rendimiento físico-deportivo y de la salud mediante la condición física y el ejercicio físico.
  3. Promoción de hábitos saludables y autónomos mediante actividad física y deporte.
  4. Intervención mediante las manifestaciones del movimiento humano.
  5. Planificación, evaluación y dirección-organización de los recursos y la actividad física y deporte.
  6. Método y evidencia científica en la práctica.
  7. Desempeño, deontología y ejercicio profesional en el contexto de las intervenciones.

Por tanto, es incoherente que un Gobierno esté publicando regulaciones competenciales y otro Gobierno diga lo contrario.

Voy a tratar de exponer la gravedad de este planteamiento, poniendo en contexto diferentes factores.

¿QUIÉN PUEDE REALMENTE PRESCRIBIR EJERCICIO FÍSICO?

La respuesta es bien sencilla: aquellos profesionales cuya formación universitaria incluyan contenidos y prácticas en prescripción de ejercicio físico. Es más, este tipo de actuaciones, tratan de resolver problemas complejos y por tanto debería coordinarse un equipo y no un solo profesional, dependiendo de cada caso. En primer lugar, son los Licenciados y Graduados en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte (CAFYD) los que poseen la mayor base formativa y competencial para ello, y dentro de estos, estarán mejor preparados aquellos que hayan cursado especialidades en Actividad Física y Salud (AFS) que se dan en el grado, o másteres específicos en AFS. Estos profesionales deberían trabajar de forma conjunta con los médicos de AP y los fisioterapeutas, dependiendo del caso y los objetivos a alcanzar (no es lo mismo una prescripción de ejercicio postraumática que para una pérdida de peso). El otro grupo de profesionales que entrarían en este equipo son los médicos con la especialidad de Medicina del Deporte, eliminada por el Ministerio de Sanidad del MIR. La Medicina del deporte ha quedado prácticamente relegada, injustamente, a la evaluación de deportistas, tal y como muestran los servicios ofrecidos por la Comunidad de Madrid a este respecto.

Observemos el plan de estudios del Grado en Medicina de dos Facultades, no poco exigentes: la de Albacete (UCLM) y Complutense (UCM) y comparémoslo con el plan de estudios del grado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte de la UCLM, o con las competencias arriba mencionadas. Sería un atrevimiento prescribir a una persona ejercicio sin una base en fisiología del ejercicio, anatomía y biomecánica del movimiento, psicología de la actividad física, actividad física y deportes para la salud, desarrollo motor, acondicionamiento físico, teoría y práctica del entrenamiento deportivo, o actividad física adaptada (poblaciones especiales). Sobre las carencias en la formación de los médicos en asuntos de prescripción de ejercicio se exponen datos objetivos en el artículo de López (2009). A estos datos se suman los resultados de la interesante tesis doctoral Valoración de la prescripción de ejercicio físico en los profesionales de atención primaria de la Región de Murcia (Ortín, 2011) donde se concluye que el nivel de conocimiento sobre prescripción de ejercicio físico de los profesionales sanitarios es mejorable.

DESDE MI EXPERIENCIA:

Las veces que he recibido algún tipo de prescripción de AF por médicos AP ha consistido en consideraciones muy globales, por ejemplo: «haz ejercicio aeróbico», «camina», «la natación te irá bien para la espalda»… En ningún caso se han considerado los principios básicos denominados FITT: frecuencia, intensidad, tiempo y tipo; y por supuesto tampoco un indicativo del principio de progresión. En términos médicos, este tipo de indicaciones equivaldría a «tómate una pastilla», ¿pero cuál? Por citar algunos ejemplos: desde CAFYD sabemos que la natación por sí sola no corrige una escoliosis, y que incluso determinados estilos pueden ser perjudiciales si hay alteraciones en los discos vertebrales; sabemos que las máquinas elípticas, prescritas por su bajo impacto, pueden ser lesivas para la espalda (Moreside & McGill, 2012), que estirar únicamente en el calentamiento no previene las lesiones (Herbert & Gabriel, 2002; Shrier, 1999; Thacker et al., 2004), que los juegos de pillar para niños tienen los mismos efectos que un calentamiento tradicional y son más divertidos (Coledam et al., 2012), que el calentamiento reduce las agujetas, pero la vuelta a la calma no (Law, & Herbert, 2007), etc. También sabemos que es necesaria una colaboración interdisciplinar para dar una respuesta completa a las necesidades de AF relacionada con la salud, sobre todo en aquellos casos donde se dan patologías que requieren un seguimiento de personal médico. Actualmente ya existen centros hospitalarios en España que incorporan Servicios de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, que trabajan, por ejemplo, en unidades integrales de obesidad.

«SI NO ES BUENO AUTOMEDICARSE, MUCHO MENOS SERÁ “RECETAR” EJERCICIO A CIEGAS»

Me gustaría cerrar este post haciendo un llamamiento a las autoridades legislativas en materia de salud, para que reconsideren este proyecto de ley y sean conscientes de que, de la misma manera que se advierte a la población de los peligros de automedicarse, igualmente peligroso puede ser que personas sin la competencia adecuada «receten» ejercicio físico a la ligera. Si a un médico de AP se le da la competencia de recetar, LOS PACIENTES DEBERÍAN EXIGIR qué tipo de ejercicio deben hacer, durante cuánto tiempo (volumen), con qué frecuencia, con qué intensidad, cómo progresar, conocer la técnica adecuada, cuáles son las pautas de descanso entre cada sesión o carga, si es perjudicial para otro tipo de actividad, cómo llevar un control… SIN ESTOS DATOS NO ES POSIBLE PRESCRIBIR EJERCICIO FÍSICO, ¿o a caso usted se tomaría una pastilla sin saber para qué sirve, las tomas necesarias, qué interacciones produce con otros medicamentos, cómo tomarla…?

Referencias

Coledam, D.H.C., Paludo, A.C., Oliveira, A.R., & Dos-Santos, J.W. (2012). Dynamic exercise versus tag game warm up: the acute effect on agility and vertical jump in children. Journal of Human Sport and Exercise, 7(1), 243-253.

Comunidad de Madrid. Anteproyecto de Ley de Salud Pública de la Comunidad de Madrid (2018). Madrid. Extraído de http://www.madrid.org/es/transparencia/normativa/anteproyecto-ley-salud-publica

Herbert RD, Gabriel M. (2002). Effects of stretching before and after exercising on muscle soreness and risk of injury: systematic review. BMJ., 325(7362):468-72.

Law, R. Y., & Herbert, R. D. (2007). Warm-up reduces delayed-onset muscle soreness but cool-down does not: a randomised controlled trial. Australian Journal of Physiotherapy, 53(2), 91-95.

López de los Mozos, J. Prescripción de ejercicio físico por graduados en ciencias del deporte en centros sanitarios. EmásF: revista digital de educación física, 47 (2017), 62-75.

Moreside, J. M., & McGill, S. M. (2012). How do elliptical machines differ from walking: A study of torso motion and muscle activity. Clinical Biomechanics, 27(7), 738-743.

Shrier, I. (1999). Pre-Exercise, Stretching May Not Prevent Injuries: A Critical Review of the Literature. Clinical Journal of Sport Medicine, 9(2), 110. 3.

Thacker, S. B., Gilchrist, J., Stroup, D. F., & Kimsey Jr, C. D. (2004). The impact of stretching on sports injury risk: a systematic review of the literature. Medicine & Science in Sports & Exercise, 36(3), 371-378.

Publicado el 3 octubre, 2018 en Uncategorized. Añade a favoritos el enlace permanente. 2 comentarios.

  1. Me parece súper bien porque los niños ya no salen a jugar solo quieren estar en el sillón con sus teléfonos, tablet o videojuegos. Como siempre buen post, Saludos!!!

  2. Avatar de CALDERON GERARDO CALDERON GERARDO

    Muy buenos dias

    Soy Lic. Gerardo Calderón de Córdoba ARGETINA este enlace me lo proporciono el PROF DOMINGO BLAZQUEZ SANCHEZ me pareció mas que interesante para poder participar..

    SALUDOS..

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